LA CSJN DEJÓ SIN EFECTO UNA SENTENCIA DE LA CNAT QUE HABÍA CONSIDERADO EXTEMPORÁNEO UN DESPIDO

La CSJN dejó sin efecto el pronunciamiento de la Cámara Nacional del Trabajo que había considerado extemporáneo el despido de un trabajador por no haberse hecho efectivo inmediatamente luego de obtenida sentencia favorable de exclusión de tutela.

El máximo tribunal reprochó que la Cámara no tuvo en cuenta que al momento de quedar firme la exclusión de tutela el actor se encontraba de licencia médica y que el empleador alegó haber respetado dicha licencia por razones humanitarias. Expresó que el reconocimiento de una licencia no podía entenderse como convalidación de una injuria grave.
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