IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y COBRO DE DIVIDENDOS.
La CSJN confirmó la sentencia apelada que revocó la determinación de oficio del impuesto a las ganancias. Se consideró que los dividendos generan rentas gravadas respecto de las cuales la ley ha inhibido el nacimiento de la obligación tributaria en cabeza del accionista. Además, tuvo en cuenta el propósito de política tributaria de evitar la doble o múltiple imposición económica que tendría lugar si la ley permitiese gravar una misma renta en cabeza de la sociedad y su accionista.
La CSJN confirmó la sentencia apelada que revocó la determinación de oficio del impuesto a las ganancias. Se consideró que los dividendos generan rentas gravadas respecto de las cuales la ley ha inhibido el nacimiento de la obligación tributaria en cabeza del accionista. Además, tuvo en cuenta el propósito de política tributaria de evitar la doble o múltiple imposición económica que tendría lugar si la ley permitiese gravar una misma renta en cabeza de la sociedad y su accionista.