CONDENA A EMPRESA POR CONGELAR EL SALARIO DEL TRABAJADOR POR MÁS DE TRES AÑOS.
La CNAT consideró justificado el despido en el que se colocó un trabajador al cual se le congeló por tres años su salario. Al entender que aquel estuvo a disposición de la empresa luego de su enfermedad y que aquella le continuó pagando salarios básicos, concluyó que no actualizar su remuneración implicaba un trato arbitrario que justificaba la extinción del vínculo.
Incluyó dentro de la base de cálculo el pago de medicina prepaga, el uso del teléfono y computadora provistos por la empresa. Rechazó el reclamo por daño moral al recordar que arbitrariedad y discriminación no son sinónimos.