CONTRATO A PLAZO FIJO: LA SUPLENCIA PROBADA DESCARTA LA INDEMNIZACIÓN.

Una trabajadora registrada bajo la categoría “Mucama”, vinculada por sucesivos contratos a plazo fijo entre 2018 y 2020, demandó por despido sosteniendo que la relación era por tiempo indeterminado.

La Cámara confirmó el rechazo: la empleadora probó los dos requisitos del art. 90 LCT —la forma escrita de cada contrato (pericia caligráfica) y la causa objetiva, cubrir licencias del personal efectivo (prueba testimonial)—. Como los contratos no superaron los cinco años y el vínculo terminó por vencimiento, el cese no generó indemnización.
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