TARJETAS DE CRÉDITO CONTRATADAS ELECTRÓNICAMENTE: LA DOCUMENTACIÓN SOBRE AUTENTICACIÓN CON DATOS BIOMÉTRICOS PERMITE PREPARAR LA VÍA EJECUTIVA POR EL SALDO DEUDOR.

Fallo de la Justicia comercial revocó el rechazo de la preparación de la vía ejecutiva para cobrar saldos de tarjetas que, según la documentación aportada, habrían sido contratadas en la plataforma del banco mediante firma electrónica con datos biométricos.

Consideró impropio excluir anticipadamente esa vía por la eventual negativa de la firma. Por analogía con el art. 525 CPCCN, ordenó citar a la demandada para que reconozca su registro en la plataforma y si se autenticó mediante firma electrónica para contratar las tarjetas. Impuso las costas por su orden.
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