RECONSTRUCCIÓN DEL LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONISTAS: REVOCAN EL RECHAZO IN LIMINE DE LA PETICIÓN Y ORDENAN BRINDAR LA OPORTUNIDAD DE SUBSANAR LAS OMISIONES DETECTADAS.
Fallo revocó la resolución de grado que había rechazado de plano la reconstrucción del Libro de Registro de Accionistas de una sociedad anónima en los términos del art. 1876 del CCyC.
Juzgó que es impropio desestimar esta vía voluntaria y unilateral de forma definitiva ante omisiones formales y supuestas contradicciones de la peticionaria, sin otorgarle la oportunidad previa de subsanar los defectos o aclarar su relato, máxime cuando la inactividad operativa de la firma no extingue su existencia jurídica. Sin costas por tratarse de un proceso sin contradictor.