INCUMPLIMIENTO EN PLAN DE AHORRO: LA ENTREGA DE UN VEHÍCULO EN COLOR DISTINTO AL ELEGIDO NO LIBERA AL PROVEEDOR Y JUSTIFICA LA READJUDICACIÓN, PREVIO PAGO DE CUOTAS ADEUDADAS.

En un contrato de ahorro previo para la adquisición de un automotor, fallo de la Justicia Comercial confirmó el incumplimiento de la administradora y la concesionaria por ofrecer un vehículo en un color distinto al expresamente elegido en la nota de pedido. Destacó que el pago debe ser exacto (arts. 731, 868 y 880 Código Civil y Comercial de la Nación) y que el consumidor no está obligado a aceptar una prestación diversa. Ordenó una nueva adjudicación condicionada al pago de cuotas adeudadas y confirmó indemnizaciones por daño moral y privación de uso, con costas a las demandadas.

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