LEY BASES: CONDENA DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR FALTA DE REGISTRACIÓN DEL VÍNCULO LABORAL.

Juzgado Nacional del Trabajo condenó a las empresas demandadas por trabajo sin registrar; ordenándoles abonar las indemnizaciones por despido incausado con más los daños que la falta de registración le provocó a la trabajadora

Si bien rechazó los planteos de inconstitucionalidad formulados en contra de la ley bases, entendió que la derogación de las sanciones por trabajo en negro no implica desatender el daño que provoca la conducta antijurídica del empleador. Cuantificó el daño material en 12 salarios y el moral en 4. Extendió la condena solidariamente en contra de los socios directores.
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