BLOQUEO DE CUIT. AMPARO A FAVOR DE UNA SOCIEDAD ANTE LA FALTA DE ACTO ADMINISTRATIVO PREVIO.

La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo y ordenó restablecer el CUIT de la sociedad accionante. Se consideró que la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a marcar la CUIT de la sociedad, consignando la existencia de requerimientos pendientes, ello sin el dictado de un acto administrativo previo que delimite los alcances de la decisión, privando al contribuyente de las garantías del debido proceso y de ejercer los remedios que el ordenamiento jurídico establece para impugnar las decisiones administrativas.

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