COMPRAVENTA DE MERCADERÍA: RECHAZAN DEMANDA DE UN EMPRENDEDOR UNIPERSONAL POR FALTA DE PRUEBA, AL NO EXHIBIR REGISTROS CONTABLES PESE A ESTAR OBLIGADO POR EL ART. 320 CCYCN.

Fallo de la Justicia Comercial confirmó el rechazo de la demanda promovida por un emprendedor unipersonal, quien reclamaba la devolución de sumas abonadas por mercadería no entregada.

Se destacó que el actor desarrollaba una actividad económica organizada y, por tanto, estaba obligado a llevar contabilidad según el art. 320 CCyCN. Al no presentar sus libros, no logró desvirtuar la presunción generada por los asientos de la contraria. Se valoró además la ausencia de impugnación de facturas que consignaban la entrega.
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