El contrato de trabajo no debe considerarse finalizado por jubilación del trabajador al no estar acreditado que en la fecha en que se consideró despedido.

El organismo previsional hubiere dictado y notificado el acuerdo de prestación.

Zamora Angel Omar c/ Rocaraza S.A. MD Consultores S.A. s/ despido - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala V - 15 de septiembre de 2025
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