El contrato de trabajo no debe considerarse finalizado por jubilación del trabajador al no estar acreditado que en la fecha en que se consideró despedido.
El organismo previsional hubiere dictado y notificado el acuerdo de prestación.
Zamora Angel Omar c/ Rocaraza S.A. MD Consultores S.A. s/ despido - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala V - 15 de septiembre de 2025