Fallo confirma una medida cautelar innovativa que suspende el cobro de la cuota de un crédito adjudicado por una entidad bancaria a su clienta como probable consecuencia de “vishing”. Para así decidirlo se consideró que las medidas de seguridad del banco frente a casos donde el ciberdelito apunta a que la víctima brinde voluntariamente sus claves personales, resultan insuficientes, debiendo implementar nuevas medidas superadoras tendientes a comprobar con certeza la titularidad de quien demanda los servicios “on line”.